Fri17Nov2017

BART requerirá prueba de pago

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El Consejo de Administración de BART adoptó dos ordenanzas que implementan un requisito de prueba de pago dentro de las áreas y trenes pagados de BART. El comprobante de pago significa que un pasajero debe presentar un boleto válido o una tarjeta Clipper en cualquier lugar dentro del área de pago del sistema a petición del personal autorizado de BART.

Las leyes entrarán en vigencia el 1 de enero de 2018, con un período de gracia de un mes en el que se emitirán avisos en lugar de citaciones por violaciones por primera vez.

Las acciones de la Junta son parte de una estrategia global de control de evasión de tarifas que incluye fortalecer el sistema contra evasores de tarifas, mayor aplicación y mejoras tecnológicas. BART conservadoramente estima que los evasores de tarifas engañan al sistema de $15 millones a $25 millones cada año. Esto es particularmente significativo porque el 74.4% de los ingresos operativos de BART de $578.8 millones provienen de pasajeros que pagan la tarifa.

La primera ordenanza aborda los requisitos de prueba de pago para todos los pasajeros:

A partir del 1 de enero, los oficiales de policía de BART y los funcionarios del servicio comunitario llevarán a cabo inspecciones de prueba de pago dentro del área de pago de las estaciones y los trenes a bordo.

La ordenanza autoriza a la policía a emitir una citación administrativa civil por una primera o segunda violación dentro de un año. Las multas por citaciones civiles serán de $75 para adultos y $55 para menores. Hay una opción de servicio comunitario para todos los menores. Los adultos cuyo ingreso familiar sea igual o inferior al 250% de la Guía Federal de Pobreza también serán elegibles para la opción de servicio comunitario.

Los menores solo recibirán citaciones administrativas civiles por una violación a la prueba de pago.

Se puede emitir una infracción por infracción penal a adultos que hayan recibido dos o más citaciones civiles dentro de los 12 meses. Las multas por multas penales no deben exceder los $250.

La segunda ordenanza establece una multa administrativa civil con una opción de servicio comunitario para los menores que evadan la tarifa, ya sea que estén entrando o saliendo sin procesar sus boletos tarifarios.